La Justicia de Río Cuarto dispuso la suspensión de la actividad en un club de pádel de Alcira Gigena tras comprobar que el nivel de ruido afectaba la calidad de vida de los vecinos.
La medida regirá hasta que se realicen obras que permitan reducir el impacto sonoro de las canchas, luego de que pericias confirmaran que los ruidos superaban los niveles considerados tolerables.
El fallo, a cargo de la jueza Selene López, señaló que si bien la actividad deportiva es lícita, no puede desarrollarse generando molestias que alteren el descanso y la salud de quienes viven en el lugar.
Vecinos denunciaron que durante más de 14 horas diarias debían soportar golpes, rebotes y gritos, lo que volvía “invivible” su rutina.
La resolución también contempla una indemnización por daño moral para los afectados, mientras que rechazó la demanda contra el municipio al considerar que actuó dentro de sus facultades.
El caso pone en foco el equilibrio entre el desarrollo de actividades comerciales y el derecho al descanso en zonas residenciales.
