El Gobierno de la Provincia dispuso medidas preventivas y la prohibición de comercialización de dos productos alimenticios que no cumplen con la normativa vigente, en el marco del Programa de Vigilancia Alimentaria Provincial.
La decisión fue tomada por la Dirección General de Control de la Industria Alimenticia con el objetivo de resguardar la salud de la población.
Uno de los productos alcanzados es el “Líquido para congelar sabor artificial”, marca MINYO – CREM2 (R.N.E. N° 18000492; R.N.P.A. N° 18002116 / 18002233 / 18002119 / 18002118 / 18002535 / 18002120). La medida rige para todas las presentaciones, lotes y fechas de elaboración y vencimiento.
Según se informó, el envase presenta impresión directa sobre la zona de succión, lo que contraviene las exigencias de seguridad alimentaria y compromete la inocuidad del producto. Por esta razón fue declarado no conforme, en infracción al artículo 219 del Código Alimentario Argentino.

Además, se dispuso la prohibición de fraccionamiento y comercialización en toda la provincia —incluidas plataformas de venta online— de la “Miel de flores” (R.M.E. N° 395-2023; R.M.A. N° 872-2023; lote junio 2025; vencimiento 12 meses).
Los análisis de laboratorio detectaron valores de dextrinas, acidez y cenizas por encima de los límites permitidos, además de fallas graves en la rotulación. Por estos motivos, el producto fue considerado presuntamente alterado y no apto para la venta.
Ante esta situación, las autoridades recomendaron a la población no consumir los productos mencionados y a los comercios retirarlos de la venta y comunicarse con la autoridad bromatológica local.
Desde el Gobierno provincial remarcaron que los controles se realizan de manera permanente para garantizar la calidad e inocuidad de los alimentos que se comercializan en Córdoba.
